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¿Puedo cambiar de compañía telefónica durante la cuarentena?

A día de hoy todo son dudas para el usuario. ¿Está prohibido cambiar de compañía? ¿Me pueden subir el precio de la tarifa? Damos respuesta aquí a éste y otros enigmas.

La portabilidad y los cupos de la CNMC
¿Están cumpliendo los operadores?
Más preguntas que pueden surgirte en la cuarentena

Actualizado 08/05/2020

Vivimos tiempos convulsos. Donde la ciudadanía tiene mil preguntas ante las nuevas normativas dentro de esta situación tan cambiante. Ahora que la pandemia del coronavirus nos tiene confinados en casa, hay muchas decisiones gubernamentales de índole económico y social que se producen a diario y cambian el panorama en cuestión de segundos.

A nosotros, como empresa dedicada en cuerpo y alma al mundo de las telecomunicaciones y el asesoramiento de ofertas, tarifas, productos y servicios de telefonía, Internet y TV, nos interesan especialmente las decisiones que se tomen en ese ámbito. Y queremos compartir la información contigo con transparencia, uno de nuestros valores irrenunciables.

Hace unos días salió a la palestra la prohibición por parte del Gobierno de que los usuarios pudieran cambiar de compañía de teléfono, ya fuera el móvil o cualquiera de otros servicios, como la fibra, durante el periodo de confinamiento. Una medida razonable de cara a cortar de raíz los desplazamientos que no se produzcan por causas de fuerza mayor durante este estado de alarma.

Pues bien, en las últimas fechas, concretamente tras el Consejo de Ministros del 30 de Marzo, ha habido matizaciones por parte del Gobierno a esta prohibición. Ahora, podrás realizar portabilidades (lo de pasarte de una compañía a otra manteniendo el mismo número) sólo se produce siempre y cuando los usuarios no tengan “necesidad de desplazarse físicamente a las tiendas o se realicen intervenciones físicas en su domicilio” para llevarlas a cabo.

¿Qué significa ésto? Que sigue estando prohibido cambiarte de compañía en el caso de la fibra o el teléfono fijo, porque requiere la llegada a tu domicilio de un operario de la compañía, pero se da luz verde a que se puedan realizar cambios dentro de la telefonía móvil. Y esto es posible porque estas portabilidades móviles se hacen de forma virtual, con lo que no se requiere ningún tipo de desplazamiento.

A lo sumo necesitarás una nueva tarjeta SIM, y en este caso específico puede llegarte a casa mediante correo ordinario, lo que no supone un riesgo añadido ya que los envíos de Correos y otras compañías similares se siguen realizando con relativa normalidad.

En el caso de que lo que requieras sea una eSIM, que es la versión virtual de estas SIM, mediante un chip instalado en tu móvil para usar varios números de teléfono o cambiar de operador, la cosa se complica, ya que ahí sí que necesitarías personarte en la tienda del operador en cuestión.

La portabilidad y los cupos de la CNMC

Conexiones alámbricas al router

Como en toda situación novedosa que se precie, esta situación de prohibición de un tipo de portabilidades, mientras que las otras se permiten, ha generado cierto caos dentro del sector telco. Tanto, que hasta la CNMC (Comisión Nacional de Mercados y Competencia, organismo autorizado para mediar en estas lides) ha tenido que intervenir. Y lo ha hecho con una serie de medidas provisionales para los operadores vigentes hasta que acabe el estado de alarma. 

En esta normativa entra en juego una reducción de los cupos de portabilidad existentes. De primeras, tienes que saber que todos los operadores tienen un número definido de portabilidades diarias. Este valor inicial para los nuevos operadores que llegan al mercado está estipulado en 1.000 portabilidades individuales y 50 múltiples (que se produzcan para toda una comunidad, por ejemplo). Los operadores ya asentados disponen de otras cuotas diferentes. 

Bien, pues en lo que dure el estado de alarma, la CNMC ha delimitado a un 25% del cupo de portabilidades que ya tuviera el operador para portabilidades móviles. ¿Y en portabilidades fijas? (Donde entra instalación de fibra también) Pues un máximo de 50 intervenciones al día, lo cual es una cifra baja en comparación con las realizadas habitualmente. 

Igualmente, solo podrán realizarse los cambios de operador que no requieran el desplazamiento de personal técnico al domicilio del cliente. Ni tampoco, claro, de este cliente a la tienda del operador. 

Ahora bien, la pregunta que nos ronda ante toda esta nueva situación es si por parte de los operadores se está cumpliendo con este tipo de restricciones.

¿Están cumpliendo los operadores?

La realidad es que toda esta situación está plagada de interrogantes. Y como en toda situación que existe cierta incertidumbre y algunos vacíos legales, lo cierto es que algunos operadores se aferran a determinadas argucias. Que eso de tirar de picaresca nos define como sociedad desde hace varios siglos. 

Por regla general, las portabilidades móviles se están haciendo con un volumen muy inferior a lo que viene siendo normal, con lo que entendemos que se están limitando a ese 25% de su nivel habitual. En algunos casos son los propios operadores los que se encargan de la distribución, enviando todo lo necesario para el usuario, y exponiéndose a que el cliente quiera realizar un amago de portabilidad, eso de que amenazo con que me voy a otra compañía para que la “antigua” me mejore alguna tarifa o me ofrezca algún dispositivo. Si como cliente tienes en mente hacer alguno, no es buena idea. Sencillamente no es el momento. 

También nos consta que hay muchas compañías que están realizando portabilidades “en diferido”. El operador, en este caso, tramita la portabilidad, pero no se hace efectiva hasta que se levante el estado de alarma. 

Cuando en realidad se complica el asunto es en portabilidades fijas y de fibra/ADSL. Y aquí la cuestión es si la portabilidad es o no de una compañía a otra que tenga la misma red de fibra. Cuando por ejemplo un cliente de Vodafone quiere hacer una portabilidad a Lowi (compañía de la que es filial y usa su misma red), al cliente se le envía un kit autoinstalable. Lo único que hay que modificar en tal caso es el NRN, que es el número de encaminamiento de red, utilizado por la red para encaminar la llamada hacia un número portado.

Con esta modificación del NRN, que es, para que nos hagamos a la idea, virtual, ya sería suficiente. Ya que tanto el ONT (el dispositivo que se parece al router que convierte la señal luminosa de la fibra en señal eléctrica) y el cableado serían el mismo que antes de la portabilidad. Tampoco habría que hacer cambios en el CTO, que es la caja terminal óptica. Esas cajitas negras que están en la calle o en tu portal donde la fibra exterior conecta con la del interior del edificio para llegar a los hogares. 

 

El verdadero problema se sitúa en las portabilidades que implican un cambio de red ya que hay que cambiar el NRN, la ONT, el CTO y posiblemente el cableado. Y aquí es donde se encuentran los mayores vacíos legales por parte de la normativa de la CNMC. Ésto, que parece un lío de siglas, no lo es tanto si piensas que algunas pertenecen a la instalación por dentro de tu casa y otras en cambio son de fuera. Algunas virtuales y otras físicas. Este esquema te lo explica bastante bien. 

 

Lo de fuera y lo de dentro en tu instalación de fibra

 

En los operadores que usan router con ONT integrada se puede hacer un cambio en el CTO y enviar un router “autoinstalable”, pero el técnico debe desplazarse al portal del cliente para cambiar el CTO. Ahora bien si el operador usa un ONT externo (Vodafone, movistar, etc…) hay que cambiar el NRN, hay que ir al portal del cliente a cambiar el CTO y hay que entrar en casa del cliente para instalar la ONT… y esto es lo que está claramente prohibido. El problema es que la CNMC no regula los casos intermedios, habla de cupos de portabilidades y de que no debe desplazarse a casa del cliente, pero ahí está la trampa del operador. Surgen preguntas sin respuesta clara como:  ¿el portal forma parte de la casa del operador?

Más preguntas que pueden surgirte en la cuarentena

¿Y si, pongamos por caso, deja de funcionarte Internet en tu domicilio? En este caso los operadores intentarán solucionártelo vía telefónica, chequeando desde su centralita dónde puede estar el fallo y dándote algunas recomendaciones. Si el problema persiste (porque se trate por ejemplo de un problema de cableado roto o cualquier otra incidencia de difícil solución), parece que tendrás que aferrarte al dramático dicho popular que reza lo de “ajo y agua”. Y en estos tiempos en los que el teletrabajo se abre camino a codazos no parecen muy buenas noticias.

De todos modos, en estos casos lo más recomendable es ponerte en contacto con tu compañía telefónica, que te proporcionará la solución más acertada y está al día sobre lo que está permitido y lo que no en el ámbito telco mientras dure el confinamiento.

Lo que sí parecen buenas noticias es que los usuarios, según este decreto gubernamental, no podrán experimentar cambios de tarifas en sus servicios contratados. Siempre podrán recibir algún tipo de promoción que les ayude, como todas éstas que os contamos hace nada en esta tendencia donde recopilamos todas las promociones que están poniendo los operadores a disposición de sus clientes para contribuir a llevar mejor el confinamiento.

Eso sí, ten presente que nunca, bajo ningún concepto, podrán subirte el precio. Algo que se agradece en estos tiempos de incertidumbre, pero que no cunda el desánimo, saldremos muy pronto de ésta. Eso seguro. Mientras tanto, si tienes en mente algún cambio de compañía o necesitas un servicio nuevo, desde Ysi y con nuestro flamante servicio de personal shopper podemos ayudarte a encontrar tu mejor opción.


Foto autor

Autor: Christian Val

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